Título

Obligaciones de los estados respecto de la protección de los derechos humanos: en el trabajo y la seguridad social

Autor

Gabriela Mendizabal Bermúdez

JUAN MANUEL AVILA SILVA

Nivel de Acceso

Acceso Abierto

Identificador alterno

issn/2590-4566

Resumen o descripción

El objetivo del presente artículo fue demostrar que los Estados deben adecuar su legislación interna con el contenido de los instrumentos internacionales que reconocen derechos humanos en el trabajo y la seguridad social. La metodología utilizada fue analítica-deductiva en donde se estudiaron en el ámbito Latinoamericano la aplicación de las declaraciones, cartas, protocolos, mismos que resultaron de observancia obligatoria y tienen un carácter vinculante para los Estados, de acuerdo con los criterios interpretativos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, caso contrario puede ocasionar responsabilidades indirectas por violaciones a este tipo de derechos. Estos derechos parten de la dignidad del trabajador, ya que, al iniciar, una relación laboral sea de carácter estatal o privada, tienen derecho a un salario remunerado, a la libertad sindical, a no realizar trabajo forzoso, a no ser discriminado, a contar con el derecho a formación profesional, a una protección social adecuada, aunado a los mecanismos que garanticen estos derechos.

The objective of this paper was to demonstrate that States must adapt their domestic legislation to the content of international instruments that recognize human rights at work and social security. The methodology used was analytical-deductive in which the application of declarations, letters, protocols, which were mandatory and binding on the States, were studied in the Latin American context, in accordance with the interpretive criteria of the Inter-American Court of Human Rights, otherwise it may cause indirect responsibilities for violations of this type of rights. These rights start

from the dignity of the worker, since, at the beginning, an employment relationship is of a state or private nature, they have the right to a remunerated salary, to freedom of association, not to perform forced labor, not to be discriminated against, to have with the right to professional training, to an adequate social protection, together with the mechanisms that guarantee these rights.

Editor

Revista Justicia

Fecha de publicación

1 de enero de 2020

Tipo de publicación

Artículo

Recurso de información

Formato

pdf

Idioma

Español

Relación

Justicia

37

25

http://revistas.unisimon.edu.co/index.php/justicia/article/view/3911/4339

Cobertura

MEX

Audiencia

Estudiantes

Investigadores

Repositorio Orígen

Repositorio Institucional de Acceso Abierto de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos

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